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InicioGestión del tráfico UAS.EASA publica el paquete completo de regulaciones avanzadas de movilidad aérea

EASA publica el paquete completo de regulaciones avanzadas de movilidad aérea

En abril de 2024, la Comisión Europea adoptó un paquete de legislación secundaria sobre drones y aeronaves con capacidad de despegue y aterrizaje vertical (VTOL), que establece las normas finales para el lanzamiento de servicios IAM, incluidos los servicios de taxi aéreo.

Según EASA:

“El paquete es el último elemento legislativo necesario para el lanzamiento de servicios de taxi aéreo y complementa otra legislación existente. Los taxis aéreos requerirán además una certificación de la EASA antes de que dichos servicios puedan estar operativos en Europa”.

Algunas de las disposiciones clave de las nuevas regulaciones incluyen:

“Para la futura integración de aeronaves tripuladas con capacidad de despegue y aterrizaje vertical en los sistemas de transporte de los Estados miembros, conviene aplicar el mismo marco regulatorio disponible hoy para las operaciones con aviones y helicópteros, con las modificaciones necesarias considerando la nuevos conceptos de movilidad aérea de operaciones con aeronaves tripuladas con capacidad de despegue y aterrizaje vertical, limitaciones de rendimiento y operación y riesgos específicos. Por lo tanto, el Reglamento (UE) n.º 1178/2011 de la Comisión, el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 923/2012 de la Comisión, el Reglamento (UE) n.º 965/2012 de la Comisión y el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/37 de la Comisión deben modificarse en consecuencia.

«En particular, para garantizar la disponibilidad de pilotos debidamente cualificados durante la fase inicial de las operaciones con aeronaves con capacidad de despegue y aterrizaje vertical, los titulares de licencias de piloto comercial de aviones o helicópteros deberían tener la posibilidad de añadir a su licencia una Habilitación de tipo para aeronaves tripuladas con capacidad de despegue y aterrizaje vertical, incluidos privilegios para operar esa aeronave bajo reglas de vuelo por instrumentos, cuando sea necesario. Cuando dichos pilotos también posean certificados de instructor o examinador para aviones o helicópteros, también se les debería dar la posibilidad de obtener atribuciones adicionales de instructor o examinador para esa aeronave. Por tanto, procede modificar el Reglamento (UE) n.º 1178/2011 en consecuencia.

“También debe modificarse el Reglamento (UE) nº 923/2012 para prever una gestión segura, ordenada y eficiente del tráfico aéreo de aeronaves tripuladas con capacidad de despegue y aterrizaje vertical y evitar colisiones en el aire.

“Además, el Reglamento (UE) nº 965/2012 debe modificarse en consecuencia para prever, entre otras cosas, un nuevo anexo con requisitos detallados para abordar las operaciones de aeronaves tripuladas con capacidad de despegue y aterrizaje vertical. Debe modificarse el anexo I del Reglamento (UE) n.º 965/2012 para incluir una nueva categoría de aeronaves, precisando al mismo tiempo las definiciones existentes. Los Anexos II y III deberían modificarse para ampliar el alcance de los requisitos de certificación existentes para el transporte aéreo comercial y el Anexo V debería incluir nuevas disposiciones que permitan servicios médicos de emergencia y operaciones de rescate con aeronaves tripuladas con capacidad de despegue y aterrizaje vertical”.

La nueva normativa se aplicará a partir del 1 de mayo de 2025.

Para más información
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?qid=1716478399025&uri=CELEX%3A32024R1111

https://www.easa.europa.eu/en/home

(Imagen: Shutterstock)